RC=REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN, NTC=NORMAS TECNICAS COMPLEMENTARIAS, LOP=LEY DE OBRA PÚBLICA.

Por: Miriam Cantera González

RC=REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN

En el existen todas la reglas que rigen el ramo de la construcción, la responsabilidad la lleva este escrito y todos los directores de obra y sus corresponsables, con este es posible garantizar las construcciones de manera más segura y poder verificar los procesos de obra y los proyectos de manera más viable.

Un reglamento de este tipo tiende a hacer una síntesis de toda la normativa y contiene en desarrolladas las normas como normas técnicas complementarias.
Cabe resaltar que las obras realizadas a base de este reglamento no se deben conformar con los valores mínimos que establece el mismo, los proyectistas y encargados de obras no solo se deben ajustar a estas obras sino que deben superarlas y crear espacios más dignos, más humanos, que brinden más seguridad, aire y sol, que sean más aceptados.



NTC=NORMAS TECNICAS COMPLEMENTARIAS 

Las normas técnicas complementarias son documentos que contienen especificaciones técnicas basadas en resultados de experiencia del desarrollo tecnológico.

Las normas técnicas son un documento oficial aplicable en toda la república mexicana que sirve para evaluar y certificar las obras construidas y son resultados del consenso entre todas las partes interesadas e involucradas en la actividad de construcción, en ella hay definiciones, requisito, especificaciones de calidad, terminología, métodos de ensayo o información para la ejecución de obra.


LOP=LEY DE OBRA PÚBLICA. 


Estas son un conjunto de normas de orden público que regula todos los aspectos de la construcción entre ellos la planeación, la programación, contratación, gasto, ejecución y control de las obras y con mucho mayor rigor las obras que son públicas.
También regula los servicios relacionados con las mismas que se realizan las dependencias y entidades de la administración pública federal y en su caso las que efectúen las entidades federativas con recursos federales.
Estos servicios son:
 Las unidades administrativas.
 Organismos descentralizados.
 Empresas de participación estatal mayoritaria.
 Fideicomisos.
 Secretarías del estado.
 Departamentos administrativos.
 Entidades federativas.

Aunque por lo privado también pueden utilizar estar normas para regular sus criterios y procedimientos de sus obras.













BIBLIOGRAFÍA
Arnal Simon, L., & Benacourt Suarez, M. (2005). Reglamento. En L. Arnal Simon, & M. Benacourt Suarez, Reglamento de construcciones Para el Distrito Federal (págs. 5-7). Cd. de Mexico: TRILLAS.

Benacourt Suarez, M., & Arnal Simon, L. (2005). Normas Tecnicas. En M. Benacourt Suarez, & L. Arnal Simon, Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal (págs. 203-208). Cd. de Mexico: TRILLAS.

Unión, H. C. (2008). Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.F.: Presidencia de la República.

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